sábado, 21 de junio de 2014



1.    INTRODUCCIÓN

El parricidio consiste en quitar la vida a tu ascendiente o descendiente consanguíneo en línea recta, dada la gravedad del delito es menester encontrar la problemática social que conlleva a cometer esta figura delictiva, más aún cuando en nuestro país han habido algunos casos de hijos que matan a sus padres, algunos por peleas constantes provenientes de una convivencia insana, otros por el solo hecho despreciable de obtener un bien material. Es por eso que el objetivo de este ensayo es conocer a cabalidad la figura delictiva del parricidio.
¿Está regulado por nuestro código penal peruano?; ¿Existen casos de parricidio en el Perú?; ¿Cuál es la causa que lo produce?
El propósito de este trabajo es esclarecer todas estas preguntas dada la complejidad del tema, ya que si bien se ha escuchado algunos casos en nuestro país, no se tiene claro en qué consiste, qué lo causa, o cuál es la consecuencia jurídica para quien comete este delito.
El motivo de este ensayo  es el alarmante número de casos que se han suscitado en los últimos años y que han sido de conocimiento público, y también por la naturaleza de esta figura delictiva que consiste en quitarle la vida a tu padre o a tu madre.




2.    ARGUMENTACIÓN

El parricidio es una palabra que se empieza a hacer conocida pero que aún no se tiene claro qué significa o por qué se llama así. Se le dice parricida a quien le da muerte a sus padres o a sus hijos, esto quiere decir que el parricidio es una figura delictiva como el homicidio pero con el agravante puesto por tratarse del parentesco o filiación que existe entre la víctima y el victimario.
El concepto de parricidio en nuestro actual Código Penal peruano (2013) tipifica de este modo el delito, en el artículo 107 nos dice: “El que a sabiendas mata a su ascendiente, descendiente, natural o adoptivo, o a una persona con quien sostiene o haya sostenido una relación conyugal o de convivencia, será reprimido con pena privativa de la libertad no menor de 15 años”.
El bien jurídico protegido de este delito es la vida, lógicamente, pero el agravante no viene por atentar contra la vida misma, sino por la importancia que hay respecto de los lazos sanguíneos que existe entre ambos, lazos inseparables que convierten, a mi parecer, en el crimen más grande que se pueda cometer.
Según nuestro código existen características para la configuración del delito de parricidio, esto hace suponer que se trata de un delito especial, porque solo comete parricidio quien cumple con las características indicadas. El que a “sabiendas” mata a su ascendiente o descendente, nos da a entender que se necesita el conocimiento real de la existencia de parentesco entre el sujeto activo y el sujeto pasivo, esto es, que el homicida este consciente de estar matando a otro y que esa víctima sea uno de los enumerados en el 107. Basta  que el culpable sepa que la víctima es su pariente, aunque no haya reconocimiento legal. En el caso que no exista tal certeza en el momento del hecho delictivo, entonces no habrá configuración del delito de parricidio.
Por otro lado, la modalidad de dolo es debatible, algunos dicen que el dolo directo y el dolo indirecto son los  únicos tipos de dolo que encajan en este delito, sin embargo, otros aseguran que el dolo eventual también podría bastar para que se configure el tipo penal que prescribe el artículo 107 del nuestro código. También existe el parricidio por omisión, y en el ámbito de la tentativa puede haber tentativa de parricidio en sus modalidades acabada e inacabada.
En nuestro país como en todo el mundo existen casos de parricidio donde el hijo o hija mata a su padre o madre, mayormente sucede así y no al revés, aunque no se discute que existan casos de padres que han dado muerte a sus propios hijos. En este sentido mencionaré algunos casos sucedidos en el Perú que no han tenido mucha atención por ser casos antiguos y no han sido de conocimiento público aunque sí recogido por algunos diarios independientes.
“El 17 de enero de 1993, un hombre que llevó a su amante a su casa, ubicada en San Juan de Lurigancho, encontró la muerte en manos de su primogénito. El muchacho Fernando Albino Villafana Machado de 29 años, lo golpeó con un fierro y le destrozó la cabeza. Luego cegado por la desesperación y el pánico, el parricida trató de desaparecer el cadáver. Lo trasladó hasta un basural cercano y lo quemó rociándole querosene. Aguardó que el fuego destruyera el cuerpo y regresó a su casa. Días después fue capturado.”
En estas situaciones se refleja la sórdida relación padre e hijo que tienen algunas personas, relación que puede acabar con la muerte del padre, como sucedió en este caso, y que hay que enfatizar para buscar la solución y que no suceda en otros hogares.
Otra historia de terror vino desde el Altiplano. Una noche de agosto de 1925, Antonio Arpasi asesinó y descuartizó a sus padres y también a sus cuatro hermanas. El homicida fue detenido cuando iba a desayunar el corazón de su madre y de su hermana. El muchacho sufría de alteraciones mentales.
Este último atroz crimen hace notar la figura de las alteraciones mentales que puede tener una persona, en estos tipos de casos la persona que comete este delito será inimputable, esto quiere decir que no será condenado por la falta de capacidad psíquica para conocer la antijurícidad de la conducta, dicho de otro modo, no podrá responder por lo cometido porque no tiene la capacidad mental para conocer el injusto.
De otro lado es importante encontrar las causas que llevan a un hijo matar a sus padres o viceversa y reconocer las características personales de quienes suelen cometer este delito.



Una de las grandes diferencias que se realizan al hacer las descripciones de perfiles parricidas, tiene relación con el género del agresor, según los estudios, la gran mayoría de los parricidas son varones, observándose tasas de hasta un 92%, con una razón de 6-1 entre Hombres/Mujeres. Dentro de los hombres parricidas, el perfil de mayor frecuencia, serían adultos en los que existe una alta prevalencia de patología psiquiátrica,  en especial esquizofrenia y consumo de drogas o alcohol. Según el estudio de Cornic y Olie, el típico perfil de un parricida adulto correspondería a: un varón joven, soltero, desempleado, que vive con la víctima, sufre de esquizofrenia y abusa de alcohol y drogas, quien ha suspendido el tratamiento, y posee antecedentes previos de conductas ilegales. En casi todos los estudios se demuestra una alta prevalencia de psicosis (desde 40%) en parricidas, y por otro lado, este delito representaría una parte importante (hasta un 30%) de los homicidios cometidos por personas psicóticas.
En la investigación realizada por Marleau, Millaud y Auclair se observa, al igual que en los estudios antes mencionados, que la mayoría de los parricidios son cometidos por varones adultos, en una situación en que hay una víctima y un victimario. Estos sujetos en su mayoría serían solteros, desempleados y vivirían con sus víctimas. Como principales patologías psiquiátricas se encuentran: esquizofrenia paranoide (56%), trastorno bipolar psicótico (13%), y trastorno esquizoafectivo (8%). Además hasta un 45% tendría trastorno o rasgos de personalidad narcisista. La mayoría de estos pacientes no estaba bajo tratamiento al momento del crimen (más del 90%), ya sea porque ellos mismos suspendían los fármacos o porque no habían sido diagnosticados.
Un segundo tipo de perfil parricida, siendo este menos frecuente que el anterior1, correspondería a sujetos adolescentes en tres posibles situaciones psicosociales: el niño gravemente maltratado, el niño que tiene una enfermedad mental grave, como psicosis o retardo mental, y el niño peligrosamente antisocial.
Dentro de los grupos anteriores, el más importante es el del niño maltratado, quien comete parricidio en defensa propia, en el contexto de una situación de abuso. En estos casos es más probable que los adolescentes cometan el acto solos y en situaciones en que los padres estén desprevenidos (durmiendo, sentados viendo televisión, etc.).
Los adolescentes parricidas con enfermedad mental grave o trastorno del desarrollo de la personalidad de tipo antisocial serían extraordinariamente poco frecuentes, por lo que los parricidios estarían más bien en contextos de familias severamente disfuncionales y con maltrato crónico15.
Cuando los estudios se refieren a parricidas mujeres, se las caracteriza más bien como matricidas (dar muerte a la madre). Según el estudio de D'Orban y O'Connor de 17 parricidas mujeres, 82% habría matado a su madre, 65% de ellas estaba cursando un cuadro psicótico, y 17,6% tenía un trastorno de personalidad. En el mismo estudio las descripciones hablan de mujeres solteras, de edad media (matricidas edad promedio de 39,5 años y parricidas de 21,3 años), viviendo solas, socialmente aisladas, con una madre dominante y con una relación simbiótica. Destacaba que dentro de las tres parricidas (asesinato del padre), dos cometieron el acto sin patología psiquiátrica y contra padres violentos.
El matricidio es un delito en extremo infrecuente, dando cuenta del 0,68% de todos los homicidios. En general, se observa que los homicidios dirigidos contra las madres los cometen casi en su totalidad individuos psicóticos, por lo tanto, si se consideran sólo los parricidios cometidos por psicóticos, el número de madres muertas es igual o incluso un poco mayor que el número de padres.


3.    Conclusiones



ü Nuestro ordenamiento jurídico contiene explícito y detallado análisis sobre esta figura de parricidio, tipificado en nuestro código como un agravante del homicidio.

ü Sin duda existen muchos casos de parricidio en nuestro país cometidos mayormente por los hijos que dirigen su odio o su ambición  hacia sus padres poniéndoles fin a sus vidas y encajando perfectamente en esta figura delictiva llamada  parricidio.

ü Lo que lleva a una persona a cometer un delito como este es producto de una convivencia insana, sin respeto alguno por los familiares y de aspectos personales o características individuales enfermizas que pueden llegar hasta la enfermedad mental.







4.    BIBLIOGRAFÍA

Código Penal, Capítulo II: Parricidio (Art. 107). (2013) Perú: Juristas Editores.
Francisco González de la Vega Derecho Penal Mexicano Ed. Porrua 2000.
BETANCOURT LOPEZ Eduardo, Delitos en Particular, Editorial Porrua.
PEÑA CABRERA, Raúl, "Tratado de Derecho Penal, Parte Especial", t. I, Ed. Jurídicas, Lima, Perú, 1994, p. 90.
PEÑA CABRERA, "Tratado de Derecho Penal, Parte Especial", t. 1, Ediciones jurídicas, 1994, p. 90.
HURTADO POZO, JOSE, "Manual de Derecho Penal", parte especial, "Homicidio y Aborto", Lima, Perú, 1982, ps. 92/93.


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